Impugnan Código Penal, Ley Policial y las licencias de conducir ante Tribunal Constitucional

A+ A-

 Entre los expedientes revisados respecto a la Ley 74-25, que establece el Código Penal Dominicano, figura el TC-01-2026-0052, promovido por Gery Manuel Reyes Soriano contra los artículos 8, 192, 208, 209, 210, 211 y 310

Abogados presentan sus conclusiones ante el Pleno del Tribunal Constitucional.

Abogados presentan sus conclusiones ante el Pleno del Tribunal Constitucional.

El Código Penal, la Ley Orgánica de la Policía Nacional y el Reglamento sobre Licencias de Conducir encabezaron la lista de normativas objeto de acción directa de inconstitucionalidad durante la más reciente audiencia pública del Tribunal Constitucional (TC).

Entre los expedientes revisados respecto a la Ley 74-25, que establece el Código Penal Dominicano, figura el TC-01-2026-0052, promovido por Gery Manuel Reyes Soriano contra los artículos 8, 192, 208, 209, 210, 211 y 310. 

En esta misma materia, la Federación Dominicana de Lucha contra las Drogas (FEDELUCD) atacó el artículo 318 (expediente TC-01-2026-0046); los juristas Julio Cury, José Alberto Cruceta hijo y Víctor León Morel impugnaron los artículos 284, 290, 297 y 299 (TC-01-2026-0057); mientras que el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) refutó el artículo 310 (TC-01-2026-0054).

En el ámbito policial, la firma Méndez González & Asociados recurrió los párrafos VII y VIII del artículo 83 de la Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional (expediente TC-01-2026-0045). 

En el expediente TC-01-2026-0051, Fernanda Ramón Sánchez, Wendy Carolina Moreno Amancio y Marielizabet Moreno Crisóstomo impugnaron diversos artículos de la referida ley, disposiciones del Estatuto de la Carrera Policial, del Reglamento Académico de la Escuela de Entrenamiento, así como una resolución del Consejo Superior Policial, un endoso de la Dirección Central de Asuntos Legales y un telefonema de la Dirección General de la institución.

Las regulaciones sobre tránsito y licencias de conducir también fueron objeto de debate. Franklin R. Muñoz Castaños cuestionó el artículo 21 del Decreto núm. 6-19 (expediente TC-01-2026-0034), mientras que Leonel Antonio de los Santos solicitó la anulación total de dicho decreto presidencial (expediente TC-01-2026-0035). 

El expediente TC-01-2026-0055 atacó el artículo 4 del Decreto núm. 30-23.

La agenda incluyó además demandas contra el sector financiero y laboral.

 Pedro Arturo Pichardo González recurrió la resolución núm. 455-22 de la Superintendencia de Pensiones, sobre el pago de beneficios de AFP a afiliados con ingreso tardío (expediente TC-01-2026-0050). 

En tanto, el ciudadano Pedro José Chevalier Espinal presentó tres expedientes independientes contra la Ley núm. 3-19 del Colegio de Abogados (TC-01-2026-0047), la Ley núm. 146-02 sobre Seguros y Fianzas (TC-01-2026-0048) y la Ley núm. 153-98 General de Telecomunicaciones (TC-01-2026-0049).

El rollo de expedientes concluyó con la impugnación de Antonio Díaz Paulino a la Ley núm. 75-25, modificatoria del régimen municipal (expediente TC-01-2026-0053), y el recurso de Guillermo Hernández Medina contra el artículo 1 de la Ley núm. 1097 sobre desheredación de hijos (expediente TC-01-2026-0056).

En total, el Pleno del tribunal conoció 15 expedientes durante la jornada. Tras escuchar las conclusiones orales de las partes involucradas, los jueces dejaron todos los casos pendientes de fallo, dando cumplimiento al artículo 41 de la Ley núm. 137-11. 

Mediante este mecanismo constitucional, la alta corte determinará posteriormente si las disposiciones impugnadas se mantienen vigentes, se anulan o requieren modificación.

NOTICIAS RELACIONADAS

NACIONALES 2330950493999661912

Publicar un comentarioDefault Comments

emo-but-icon
BLOG_CMT_createIframe('https://www.blogger.com/rpc_relay.html', '0');

PUBLICIDAD



LAS MÁS LEÍDAS

Archivos

item